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Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión

La Tarjeta Comunitaria permite a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea residir legalmente en España por un período superior a 90 días. Este permiso está regulado por el Real Decreto 240/2007 y es una de las vías más comunes para la regularización de ciudadanos extracomunitarios en territorio español.

Requisitos

  1. Ser familiar directo de un ciudadano de la UE, EEE o Suiza (cónyuge, pareja registrada, hijos menores de 21 años o dependientes, ascendientes a cargo). 
  2. Acompañar o reunirse con el ciudadano comunitario en España. 
  3. El ciudadano comunitario debe estar trabajando, ser autónomo, estudiante o disponer de recursos económicos suficientes y seguro médico.

Documentación Necesaria

  • Formulario EX-19 debidamente cumplimentado.
  • Pasaporte completo y en vigor del solicitante. 
  • Documento de identidad del ciudadano comunitario. 
  • Certificado de empadronamiento conjunto. 
  • Documentación que acredite el vínculo familiar (certificado de matrimonio, nacimiento, etc.).
  • Justificantes de medios económicos y seguro médico (según el caso).

Procedimiento de Solicitud

  1. Reunir toda la documentación requerida.
  2. Solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería correspondiente.
  3. Presentarse en la cita con los documentos originales y copias.
  4. Una vez aprobada la solicitud, se expedirá la Tarjeta de Residencia con una validez inicial de 5 años.

VENTAJAS

  • ✅ Residencia legal por 5 años renovables.
  • ✅ Posibilidad de trabajar por cuenta propia o ajena.
  • ✅ Acceso a servicios públicos como sanidad y educación.
  • ✅ Tramitación rápida y asesoría personalizada.
  • ✅ Acompañamiento completo durante todo el proceso.
  • ✅ Alta tasa de éxito en expedientes de reagrupación comunitaria.

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