Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión
La Tarjeta Comunitaria permite a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea residir legalmente en España por un período superior a 90 días. Este permiso está regulado por el Real Decreto 240/2007 y es una de las vías más comunes para la regularización de ciudadanos extracomunitarios en territorio español.
Requisitos
- Ser familiar directo de un ciudadano de la UE, EEE o Suiza (cónyuge, pareja registrada, hijos menores de 21 años o dependientes, ascendientes a cargo).
- Acompañar o reunirse con el ciudadano comunitario en España.
- El ciudadano comunitario debe estar trabajando, ser autónomo, estudiante o disponer de recursos económicos suficientes y seguro médico.
Documentación Necesaria
- Formulario EX-19 debidamente cumplimentado.
- Pasaporte completo y en vigor del solicitante.
- Documento de identidad del ciudadano comunitario.
- Certificado de empadronamiento conjunto.
- Documentación que acredite el vínculo familiar (certificado de matrimonio, nacimiento, etc.).
- Justificantes de medios económicos y seguro médico (según el caso).
Procedimiento de Solicitud
- Reunir toda la documentación requerida.
- Solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería correspondiente.
- Presentarse en la cita con los documentos originales y copias.
- Una vez aprobada la solicitud, se expedirá la Tarjeta de Residencia con una validez inicial de 5 años.
VENTAJAS
- ✅ Residencia legal por 5 años renovables.
- ✅ Posibilidad de trabajar por cuenta propia o ajena.
- ✅ Acceso a servicios públicos como sanidad y educación.
- ✅ Tramitación rápida y asesoría personalizada.
- ✅ Acompañamiento completo durante todo el proceso.
- ✅ Alta tasa de éxito en expedientes de reagrupación comunitaria.

