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Nacionalidad Española por Residencia

La nacionalidad española por residencia es una de las vías más comunes para adquirir la ciudadanía en España. Está destinada a personas extranjeras que han residido legal y de forma continuada en el país durante un período determinado, según los plazos establecidos por la legislación vigente.

Requisitos

Haber residido legal y de forma continuada en España durante:

  • 10 años para ciudadanos en general
  • 5 años para personas reconocidas como refugiadas
  • 2 años para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o personas de origen sefardí
  • 1 año en los siguientes casos:
    • Nacidos en territorio español
    • Casados con ciudadano/a español/a por más de un año (no separados legalmente)
    • Viudos/as de ciudadanos/as españoles/as, si no estaban separados al momento del fallecimiento
    • Personas tuteladas por ciudadano o institución española durante al menos dos años consecutivos

Documentos necesarios

Proceso de Solicitud

  • Reunir toda la documentación requerida.

  • Realizar los exámenes de integración: DELE A2 y CCSE.

  • Presentar la solicitud de forma telemática a través de la plataforma del Ministerio de Justicia.

  • Esperar la resolución del expediente.

  • Realizar el juramento de fidelidad a la Constitución y a las leyes españolas.

  • Solicitar el DNI y el pasaporte español una vez concedida la nacionalidad.

Ventajas

  • Derecho a vivir, trabajar y circular libremente por toda la Unión Europea
  • Acceso a los sistemas públicos de salud y educación en España
  • Obtención del pasaporte español, uno de los más poderosos del mundo
  • Posibilidad de reagrupación familiar más sencilla y rápida
  • Participación activa en la vida política y social del país
  • Se elimina la necesidad de renovar autorizaciones de residencia periódicamente

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