Vive y estudia legalmente en España mientras te formas para tu futuro profesional
La estancia por estudios es una autorización que permite a ciudadanos extracomunitarios residir legalmente en España mientras cursan estudios en centros oficiales, realizan prácticas académicas, programas de intercambio, investigación o formación profesional.
Esta autorización no es lo mismo que una residencia, pero permite vivir en España durante la duración del programa formativo, con posibilidad de renovarse o transformarse en otro tipo de permiso posteriormente (por ejemplo, permiso de trabajo).
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
- Estudiantes admitidos en centros educativos autorizados en España.
- Participantes en programas de movilidad, intercambio o prácticas.
- Investigadores y personal en formación profesional.
- Menores matriculados en instituciones educativas regladas.
Requisitos para la Estancia por Estudios en España
1. Acreditación de medios económicos
Es obligatorio demostrar que cuentas con recursos económicos suficientes para cubrir todos los gastos de tu estancia en España, incluidos el alojamiento, la manutención y el regreso a tu país de origen. Si viajas con familiares, también deberás acreditar medios para cubrir sus gastos. Esta solvencia económica debe ajustarse a los importes establecidos legalmente según la duración de la estancia.
2. Prueba de fondos disponibles
Deberás aportar documentación que justifique la disponibilidad de dichos medios económicos, como extractos bancarios, certificaciones de becas o cartas de patrocinio. También se debe demostrar que dispones de recursos para regresar a tu país una vez finalizado el periodo de estudios.
3. Menores de edad
Si el solicitante es menor de edad, será necesario presentar una autorización firmada por sus padres o tutores legales. Esta debe incluir el nombre del centro educativo, la entidad responsable durante la estancia y el periodo previsto de permanencia en España.
4. Seguro médico
Se requiere un seguro médico privado que ofrezca cobertura completa en España durante toda la duración de la estancia. El seguro debe incluir asistencia sanitaria sin copagos ni períodos de carencia.
5. Admisión en un centro educativo
Debes aportar una carta de admisión o matrícula en un centro de estudios reconocido oficialmente en España, en un programa de formación a tiempo completo.
6. Para estancias superiores a seis meses
Si tu estancia será mayor a seis meses, deberás presentar además:
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Un certificado médico reciente que acredite que no padeces ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones de salud pública, conforme a los reglamentos sanitarios internacionales.
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Un certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país donde hayas residido los últimos cinco años, en caso de ser mayor de edad penal. Este documento debe estar legalizado o apostillado según el país de emisión.
Preguntas frecuentes
La duración dependerá del tipo de estudios que realices:
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En general, la estancia se concede por el mismo tiempo que dure la actividad académica, con un máximo de un año.
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Sin embargo, si el programa se desarrolla en una institución de enseñanza superior autorizada y conduce a la obtención de un título oficial de educación superior, la autorización puede concederse por hasta dos años.
Depende de si se trata del visado o de la autorización:
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Solicitud de visado de estudios (desde el país de origen):
En general, la persona interesada debe presentar personalmente la solicitud en el consulado español correspondiente. Solo en casos excepcionales y debidamente justificados, se podrá permitir que un representante autorizado realice el trámite en su nombre. -
Solicitud de autorización de estancia (desde España):
Cuando se trata de estudios gestionados por una institución como una universidad, un centro de investigación o una empresa que ofrece formación o prácticas, la propia entidad puede encargarse de presentar la solicitud ante las autoridades competentes.